El 17 de marzo 2020, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital definió mediante el Real decreto Ley 8/2020 el marco de las garantías proporcionadas por ICO para aportar liquidez a las empresas afectadas por el COVID-19.
Se señalaba a las entidades financieras reguladas por el Banco de España como las únicas entidades elegibles a dichas garantías, excluyendo de facto todos los demás agentes financieros, como las plataformas de financiación participativa (“PFPs”), pese a estar sometidas a aprobación y supervisión continuada de la CNMV, con cuentas anuales auditadas.
A pesar de las difíciles circunstancias, el programa lanzado por el Gobierno de España ha sido gestionado aceptable y correctamente por el ICO dentro del marco establecido por el Ministerio de Asuntos Económicos.
Sin embargo, hay varios aspectos mejorables en cuánto a los beneficiarios finales de los fondos:
- A fecha del 30 de Junio, se estima que todavía 40.000 millones de euros de los 100.000 millones de euros no han sido abonados a las empresas,
- Los bancos han utilizado los avales casi exclusivamente con sus clientes ya en cartera antes del COVID-19, y prioritariamente con los mejores,
- Una buena parte de esta financiación garantizada por el ICO no se ha traducido en una liquidez adicional para las empresas, sino más bien en un substitución de líneas de tesorería previamente otorgadas por los bancos.
El 3 de Julio, se publicó el Real Decreto Ley 25/2020 de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo cuyo art 1 prevé la “aprobación de una línea para la cobertura por cuenta del Estado de la financiación otorgad por entidades financieras supervisadas a empresas y autónomos con la finalidad principal de financiar inversiones.” Las características especificas de esta nueva línea de avales de ICO por un total de 40.000 millones de euros se aprobarán por Acuerdo de Consejo de Ministros en las próximas semanas.
Las TopTen FinTech 2020
Para aumentar el potencial de financiación para el tejido empresarial español, se puede afirmar que el programa sería más eficiente ampliando la competencia – incorporando nuevas entidades financiadoras que trajeran ‘dinero nuevo’ y abarcaran nuevos clientes afectados por la crisis – si se incluyera a las Fintechs – FPPs como entidades elegibles.
Con ellos se podría cumplir mejor el objetivo enunciado en el mencionado RDL 25/2020, cuyo expositivo afirma:
“Es necesario extender los mecanismos de apoyo financiero al tejido productivo, con el fin de no solo garantizar la liquidez del sistema sino también impulsar la inversión productiva y la adaptación de las empresas”.
¿Por qué sería bueno contar con las FinTech?
Las PFPs constituyen un mecanismo de desintermediación financiera desarrollado sobre la base de las nuevas tecnologías: entidades totalmente digitales, con herramientas diseñadas para dar una respuesta rápida y ágil a las Pymes, con una gran capilaridad, llegando a aquellos segmentos, regiones y sectores que la banca tradicional no suele cubrir adecuadamente.
Contar con las PFPs ayudaría por un lado a impulsar las Fintechs como motor de transformación digital de la industria financiera, pero además, al ofrecer a sus inversores el aval del Estado para los préstamos que conceden a las pymes y autónomos, se daría a estos inversores el incentivo necesario para perseverar y profundizar en su esfuerzo, y a los emprendedores (particularmente PYMES y autónomos) la confianza necesaria para diversificar y complementar sus fuentes de financiación, más allá de los bancos tradicionales. La escasez de financiación disponible es todavía una de las trabas tradicionales para el pequeño emprendedor de nuestro país, y una lacra en términos de competitividad, sobretodo en comparación con nuestro entorno europeo.
En ese sentido es relevante constatar que en países próximos como Francia, Italia, Países Bajos o Reino Unido, las PFPs son elegibles para conceder préstamos con garantías estatales a las empresas.
¿Cómo incorporar a las FinTech?
Principalmente existen dos vías que se podrían seguir en paralelo:
- Confirmar que las plataformas de financiación participativa supervisadas por la CNMV son elegibles al ser “entidades financieras supervisadas”, de acuerdo con el Articulo 1 del RDL 25/2020 del 3 de julio 2020 (ver anexo 1), frente a la redacción anterior, más restrictiva, que se daba en la enumeración de entidades del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, que solo admitía “entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito, entidades de dinero electrónico y entidades de pagos”
Existe ya en nuestro entorno próximo un precedente muy similar con la modificación en Francia de la ley 2020-189 del 23 de marzo para incluir a las PFP en la garantía estatal en los préstamos concedidos por ellas (ver Anexo 2). - Modificar el paradigma de las SGR.
El modelo operativo de las SGR requiere un análisis exhaustivo del riesgo por parte de los equipos de la SGR y fija un tipo máximo de interés pagado por las empresas a cambio de una cobertura que puede llegar hasta el 100% del préstamo otorgado.
Para afrontar la situación creada por el Covid 19, se requiere agilidad, sencillez y rapidez. Para ello se propone crear una línea espacial COVID19 por parte de las SGR que proporcionarían un aval de riesgo compartido con las PFP sin restricciones ni condiciones. La alineación de interés por el riesgo compartido junto con la capacidad de elección del cliente, con tipos de interés libremente fijados como punto de equilibrio entre oferta y demanda, permitiría otorgar financiación a Pymes y autónomos de manera más rápida y flexible.
CESCE acaba de crear una línea Covid 19 con garantía estatal, estableciendo en pocas semanas un proceso operativo para proporcionar su cobertura a préstamos otorgados por entidades financieras supervisadas, tanto por Banco de España como por CNMV.
Las SGRs podrían desarrollar un proceso similar, llegando a una mejor distribución (territorial, sectorial y por segmentos de diferente tamaño) de la financiación para las empresas que acuden bien de menara física a los bancos tradicionales, bien de manera digital a las PFP.
Conclusión
La crisis del Covid19 es un acelerador de tendencias, que necesita todo el apoyo, de todos los actores financieros, para poder hacer llegar soluciones financieras al mayor número posible de Pymes y autónomos – que son los que generan la mayor parte de la actividad y del empleo en nuestro país.
Las FintTech son ya una parte significativa de la solución presente y futura de su acceso a la financiación y la liquidez, pero pueden ayudar todavía más con tan sólo unas pequeñas modificaciones reglamentarias y en los modos de funcionamiento, en línea con lo que ya están practicando los países de nuestro entorno.
José Luis Moreno, director general de Economía del Ayuntamiento de Madrid, y Salvador Molina, presidente del clúster Madrid Capital FinTech (MAD FinTech) y de Foro ECOFIN.
Pié de Foto: Miembros de la Junta Directiva de Madrid Capital FinTech el pasado 21 de Julio tras la Asamblea General, donde se pidió al ICO que deje a las FinTech que colaboren en aportar créditos a pymes y autónomos a través de los avales que gestiona el Instituto público.